La AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria o Agencia Tributaria) es una organización pública responsable de administrar y supervisar varios tributos estatales de España.
La principal responsabilidad de la AEAT es implementar el sistema tributario para hacer valer el principio constitucional de que todos deben contribuir a cubrir los gastos públicos de acuerdo con sus medios económicos.
Actuaciones de la AEAT
El organismo de gestión, inspección y recaudación tributaria del Estado se denomina Agencia Tributaria. Es decir, el IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades, Impuestos Especiales e Impuesto sobre las Rentas de No Residentes.
Realiza tareas cruciales como la recaudación y gestión del dinero que recibe de las comunidades y ciudades autónomas.
Además, recauda los impuestos relacionados con la Unión Europea. Toma decisiones de gestión tributaria y actúa contra el contrabando.
Además, la AEAT se encarga de recaudar fondos públicos para la administración del Estado y otras instituciones que dependen de ella. Adicionalmente, coadyuvar en la persecución de delitos relacionados con impuestos y contrabando.
¿Cuáles son las obligaciones tributarias y los requisitos de facturación de la AEAT?
Todas las actividades económicas en España están sujetas a impuestos. Por ello, las empresas y sociedades están obligadas a registrarse en la Agencia Tributaria cada vez que inician una actividad.
Además de esto, la Agencia Tributaria también realiza un seguimiento de la facturación a nivel fiscal que realizan tanto personas físicas como jurídicas. Verifica si los impuestos que se recuperaron de ellos son los correctos.
Finalmente, la AEAT también proporciona a los agentes económicos necesarios información en materia tributaria. A modo ilustrativo, especificar el contenido de una factura (según su forma) y facilitar información sobre el IRPF y el IVA.
La Agencia Tributaria tiene como misión principal la aplicación del sistema tributario para hacer respetar los principios recogidos en la Constitución Española.
Este principio fundamental, que defiende la AEAT, establece que cada persona debe contribuir al mantenimiento de los gastos del Estado en función de su capacidad económica.
Origen de la Agencia Tributaria
La Agencia Tributaria en España fue fundada el 1 de enero de 1992. Fecha en la que se constituye formal y legalmente la entidad de acuerdo con el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre de 1990.
En la citada ley se constituyó una entidad de derecho público y se asignó primero al Ministerio de Economía y Hacienda. En este sentido, el régimen jurídico sobre el que se sostiene es propio y es diferente al de la Administración General del Estado.
No obstante, a pesar de su autonomía en materia de gestión y presupuesto, está a cargo de la Administración General del Estado.
¿Cómo está estructurada la AEAT?
La AEAT está controlada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y está dividida en 17 Delegaciones Especiales que corresponden a las 17 Comunidades Autónomas españolas.
La AEAT se divide en varios órganos:
- Comité Permanente de Dirección
- Director general
- Presidente
- Comité de Coordinación de la Dirección Territorial.
AEAT renta 2021
En todos los casos, la renta para 2021 incluye ciertos aumentos de impuestos directos que ayudan a aumentar la recaudación. En consecuencia, el umbral de las rentas laborales superiores a 300.000 euros aumenta dos puntos, hasta el 47%. Y el tipo de imposición para las bonificaciones que superen los 200.000 euros aumentó hasta el 26% desde el 23% anterior.
La tributación de los planes de pensiones, un vehículo de ahorro a largo plazo que ha disfrutado de importantes beneficios económicos durante mucho tiempo, también se pospuso en 2021.
Las declaraciones de los partícipes de este proyecto deberían reflejar la importante disminución en el monto que se puede deducir de las contribuciones. En 2021 oscilaba entre los 8.000 euros que podían deducirse directamente de la base del cotizante hasta un máximo de 2.000 euros. Y en 2022, esa cantidad ha comenzado a descender hasta los 1.500 euros anuales.
La declaración de la renta para 2021 trae impuestos adicionales para las rentas más altas así como la pérdida de una importante fuente de deducciones, que en concreto es utilizada principalmente por las rentas más altas.
Cuando llega el momento de pagarle a Hacienda por el trabajo realizado previamente, siempre existe el requisito de reducir la factura fiscal mediante el ajuste de más y menos. Y tiene sentido comprobar, como es habitual, que los datos que gestiona la Agencia TT son exactos y están actualizados, así como revisar las deducciones y prestaciones a las que se tiene derecho.
AEAT sede electrónica
Este servicio te da acceso a las rutas ofertadas desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Canarias, que están organizadas por categorías de uso frecuente.
Toda la información que se ofrece en este apartado, junto con otra información relevante, también es accesible a través del apartado de Trámites y Servicios.
En esta oficina puede encontrar lo siguiente: área personal, reuniones en línea, reuniones colaborativas y la propia oficina.
Cita previa de AEAT
Necesitas cita previa para realizar cualquier trámite en la Agencia Tributaria (por teléfono o personalmente).
No es necesaria cita previa para presentar documentos en las oficinas de registro, no obstante puede llegar con una cita programada.
Certificación AEAT
Con la entrega de este certificado se determinará si el contribuyente se encuentra en cumplimiento de sus obligaciones tributarias de conformidad con el artículo 74 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las Actividades y Actividades de la Administración Tributaria. Procedimientos para la Elaboración de Normas de Procedimiento Tributario Común.
El resultado de esta certificación podría ser:
- Positivamente, están en medio de sus obligaciones tributarias.
- Negativo: Las deudas del solicitante hacen que se le niegue el certificado.
El certificado es rechazado debido a que el solicitante no presentó ninguna declaración.
Por las dos razones antes mencionadas, se impugna la certificación.
¿Cómo se puede obtener esto?
Por vía electrónica, es necesario tener acceso a alguno de los siguientes medios electrónicos de identificación: certificado de identificación electrónico, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
Proactivamente en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria.
Tenga en cuenta que debe solicitar cita previa a través de «Cita previa» o en los teléfonos 901 200 351 o 91 290 13 40 para acudir a cualquier oficina de la Administración Tributaria.
Deberá volver a acceder al servicio de cita previa si necesita modificar o cancelar la cita. Cuando te identifiques, se mostrarán las citas asignadas con la opción correspondiente para cambiarlas o cancelarlas.
¿Cómo descargo el modelo?
La función «generar código» del modelo PDF se desactiva cuando se abre el archivo PDF en el navegador donde realice el acceso.
Por lo tanto, para poder descargar y luego completar el modelo PDF, se deben seguir las siguientes pautas:
Utilizando cualquier navegador para realizar la descarga y guardar el archivo PDF en un directorio local.
Abra el archivo PDF utilizando la opción «Abrir con» PDF lector «Adobe Reader».
Javascript debe estar activado si alguna vez aparece el mensaje «Javascript está desactivado».
Nota: Aparecerá la siguiente advertencia o mensaje al abrir el archivo PDF con Edge o Chrome: » «Este documento ha sido alterado. Este documento no se puede abrir. Recuerde que la AEAT proporciona los documentos PDF «tal cual», y no se permiten cambios en su estructura».
Esta advertencia es necesaria porque el archivo PDF contiene el código necesario para que al usuario le resulte más fácil completar el modelo y generar el Número Justificador y su código de barras. Como no hay riesgo de seguridad en esta situación, se debe seguir esta advertencia si se la pasa por alto.
AEAT modelo 303
El modelo 303 es el formulario de declaración trimestral del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido).
Se trata del pago fraccionado del IVA que las empresas y personas físicas deben presentar a Hacienda trimestralmente a través de las facturas emitidas. Más concretamente, consiste en pagar la diferencia entre el IVA reflejado en las facturas emitidas y el IVA soportado en las facturas de compra.
Quién debe presentarlo
Cualquier contratista independiente, empresario u organización comercial que realice operaciones comerciales sujetas al IVA debe presentar el Modelo 303 de Hacienda.
Arrendadores y promotores inmobiliarios también deberían presentarse con esto.
Para aquellos cuyas actividades no se ven afectadas por el IVA, como las del campo médico, sanitario o educativo, no se requiere una excepción porque la forma en que se maneja el IVA en estos campos es diferente.
Cuándo se debe presentar
Quienes realicen actividades que sean aplicables al régimen general o simplificado del IVA, ya sean personas físicas, empresas u organizaciones, están obligados a presentar el Modelo 303.
Incluso si no hay actividad para un trimestre específico, siempre debe haber una presente.
Se presentan las siguientes fechas:
- Primer trimestre del 1 al 20 de abril, ambos días incluidos
- Segundo trimestre, incluidos ambos, del 1 al 20 de julio, ambos inclusive
- Tercer trimestre del 1 al 20 de octubre, ambos días incluidos
- Cuarto trimestre del 1 de enero al 30 de enero, ambos días incluidos
Se presenta de la siguiente forma:
El modelo 303 se puede visualizar de las siguientes formas:
303 modelo de papel:
Desde la web de la Agencia Tributaria se puede descargar este documento e imprimirlo.
El formulario le permite crear un PDF para su presentación en persona en organizaciones socias si el resultado es «ingresar», en una oficina del Tribunal si el resultado es «compensar» o «pecar actividad», o en cualquiera de ellas si el resultado es «volver».
Modelo 303 en formato electrónico:
Se pueden cumplimentar y presentar electrónicamente los trámites a través de la sede electrónica de la AEAT.
Uso de Cl@ve PIN
Utilizando el DNI de forma electrónica
Utilizar un certificado digital reconocido.
Además, esta tercera opción le permitirá manejar muchas otras tareas de gestión administrativa.
Si no tienes certificado digital, puedes consultar cómo obtener un certificado de autonomía o qué tipo de certificado necesitas para tu situación particular.
El formulario se divide en unas 80 secciones y casillas. No todos los declarantes cumplen todos los requisitos; muchos con frecuencia no se cumplen dependiendo de la declaración específica.
AEAT modelo 130
En cuanto a la presentación electrónica del Modelo 130, debe:
Identifíquese digitalmente (con certificado o DNI electrónico) o mediante el sistema Cl@ve PIN (solo para personas naturales).
Si el declarante no dispone de certificado electrónico, es necesario que la persona que hace la presentación esté autorizada para realizar declaraciones en nombre de terceros, ya sea por ser designado como colaborador o por tener autorización para realizar esta tarea.
Complete la información de identificación del declarante, especifique el período de la declaración y luego haga clic en «Reconocer» para iniciar una nueva declaración. No obstante, si previamente ha guardado una declaración en el servidor de la AEAT y desea recuperar los datos, haga clic en el botón «Cargar» .
Después de eso, complete los datos de la liquidación. Si la declaración está completa, marque la casilla correspondiente e indique el número de justificación de la declaración anterior.
Los botones disponibles del formulario se encuentran en la parte inferior del formulario.
Mostrar u ocultar información sobre errores o advertencias de cumplimiento.
Para iniciar una nueva declaración, «borrar declaración» borra la información de la que se está trabajando actualmente.
El botón «Guardar» te da la opción de almacenar los datos de tu declaración aunque contenga errores o advertencias y esté incompleta. Si ya existe una declaración previamente protegida, se sobrescribirá.
Tendrá la opción de recuperar los datos seleccionando el botón «Cargar» en la primera ventana de identificación cuando inicie sesión en el modelo por primera vez. También puede recuperar la declaración guardada haciendo clic en el botón «Cargar» en el botón inferior del formulario.
Verifique si tiene advertencias o errores haciendo clic en el botón «Validar declaración». Se mostrará la lista de errores y advertencias que se han encontrado, y puede acceder a ellos para corregirlos haciendo clic en los botones «Ir a error» o «Ir a advertencia» junto a la descripción de las consecuencias.
Recuerde que si bien las notificaciones brindan información útil y conveniente de revisar, no impiden la presentación de la declaración. Los errores en la declaración deben ser corregidos si están presentes.
Si no se encuentran errores, se indicará en la descripción que no hay ninguno.
Si la declaración obtenida a través de un archivo Excel se ajusta al diseño de registro publicado para el Modelo 130 y fue creada con un software externo o exportada directamente desde el formulario, puede recuperarla desde «Importar» en la barra de menú. Recuerde que si elige esta opción, los datos ingresados en el formulario se perderán cuando se importe el archivo.
Utilice el botón «Formular ingreso/devolución» para enviar la declaración después de que se haya completado y verificado.
Seleccione el tipo de declaración en la ventana de emergencia. Si el resultado es una entrada pero la entrada no está domiciliada, será necesario obtener primero la NRC y luego producir la autoliquidación.
El NRC significa «Número de Referencia Completo», un código de 22 caracteres que se utiliza para validar los pagos. Es posible conectarse con la pasarela de pago para generar automáticamente un NRC utilizando los datos contenidos en la declaración desde dentro del propio formulario seleccionando el botón «Realizar Paygo (obtener NRC)».
Debe ingresar los números IBAN de su cuenta si marca «Domiciliación del importe a ingresar» y domiciliar el pago.
Desde el botón «Exportar» de esta ventana, también es posible exportar la declaración en el formato del diseño lógico publicado y con la extensión.130. Puede elegir la ruta en la que desea guardar el archivo que llevará por nombre NIF del declarante ejercicio período con la extensión .130. Si cierra la ventana, puede recuperar la declaración en cualquier momento seleccionando «Importar».
Al elegir «Reconocimiento de deuda y pago por transferencia» en el menú desplegable junto a «Seleccione el tipo de Declaración», el modelo 130 también tiene la opción de aceptar pagos vía transferencia desde una cuenta bancaria abierta a una entidad de crédito que no está cooperando.
Después de enviar la declaración, si elige utilizar algunas de las opciones de reconocimiento de deuda, debe hacer frente a la deuda seleccionando «Tramitar deuda» o «Solicitar aplazamiento o fraccionamiento de deudas» en el menú independiente.
Finalmente, al hacer clic en «Firmar y Enviar», se abrirá una ventana con los detalles de la declaración codificada, así como los datos personales del presentador y del declarante. Marque el caso «Conforme» y presione «Firmar y Enviar» para completar la presentación.
Si todo es correcto, recibirá la hoja de respuesta con las palabras «Su presentación ha sido realizada con éxito» y un PDF adjuntado con los detalles de la presentación (número de registro, código de verificación, número de justificación, fecha, hora y datos del presentador) y la copia completa de la declaración en las páginas siguientes.
Modelo 190 AEAT
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 190?
Todas las personas físicas, jurídicas y otras organizaciones, incluidas las administraciones públicas, están obligadas a presentar el Modelo 190 en la AEAT para cumplir con los requisitos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tal y como establece el artículo 76 de la Reglamento de dicho Impuesto. Estas rentas se enumeran a continuación.
- a) Los rendimientos del trabajo, incluidos los gastos de viaje y comidas que no tengan la consideración de gravamen.
Por ejemplo, las métricas de rendimiento laboral no se incluirán en el Modelo 190.
Respecto de quienes no hay obligación de hacer depósitos en cuenta conforme a lo previsto en el artículo 102.2 del Reglamento Tributario (satisfacción de Contribuciones por los promotores de planes de jubilación, planes de responsabilidad social empresarial y planes de pensiones mutualidades en la predicción social que reducen la base de realismo del perceptor), pero infringiendo la obligación de proporcionar los datos relacionados con estos conceptos en el modelo 345.
- b) Las rentas que sean contrarias a las siguientes actividades económicas: – Las actividades profesionales a que se refiere el artículo 95, párrafos 1 y 2, del Reglamento del Impuesto.
- c) Las ganancias derivadas de la propiedad intelectual e industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de inmuebles, negocios o minas, del subarrendamiento sobre bienes anteriores, y de la extinción del derecho a la explotación de los derechos de imagen, como se describe en el Artículo 75.2 del Reglamento del Impuesto, cuando tengan a disposición de su observador la calificación fiscal de los rendimientos de la actividad económica
Cvs AEAT
El CSV (Código de Verificación Segura) es un código único que identifica un documento electrónico.
Asegure la integridad del documento mediante el uso de una clave criptográfica en la ubicación electrónica de esta ubicación, la ubicación electrónica de la entidad que creó el documento o la alfombra canadiense.
Este código normalmente se imprime en la primera página de los documentos electrónicos.
En la herramienta de consulta de documentos CSV se pueden encontrar los siguientes documentos/solicitudes electrónicos:
En los departamentos y organismos de la administración general de la administración estatal
Borrador renta 2022 AEAT
Cómo obtener el borrador o declaración en Renta WEB respecto
Puede utilizar el «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta Web)» con el número de referencia y crear su declaración con los datos facilitados por la AEAT, luego editarla añadiendo cualquier otro dato que considere necesario.
Ingresa al sitio web de Renta 2021 y haz clic en «Servicio de Transcripción Prestatario/Declaración (RENTA WEB)» en «Gestiones Destacadas».
La siguiente ventana indica el DNI/NIE para iniciar la adquisición.
También debe completar la información de contraste que es necesaria para el tipo de papel. A continuación puede encontrar los enlaces correspondientes de ayuda para localizar la información necesaria en su documento de identidad:
- Fecha de validez del DNI.
- Fecha de expedición del DNI permanente (01-01-9999)
- Número de Apoyo, Si es un NIE
- Fecha de nacimiento, si es un NIE que empieza por las letras L, M y K.
- Después de ingresar con precisión los datos, haga clic en «Continuar».
Una vez que ha sido identificado, comienza un proceso guiado de adquisición de referencias. Durante este proceso, la aplicación identificará la situación del contribuyente y presentará las opciones que sean apropiadas en su situación.
Si está registrado en Cl@ve PIN, puede acceder a los servicios de Renta por esta vía. No obstante, también existe la opción de obtener referencia, utilizando tanto el Cl@ve PIN como el valor de la casilla 505 de Renta 2020.
Si aún no está registrado en el sistema Cl@ve PIN, se le proporcionará el enlace para registrarse, y se mostrará la opción para obtener la referencia con el precio de la casilla 505.
Si quieres obtener la referencia del Casilla 505 y el sistema te avisa que no eres declarante de Renta 2020 o que la importación del Casilla 505 es nula, debes proporcionar los últimos cinco dígitos de tu IBAN.
Si el sistema detecta que ha presentado Renta 2020 y que la importación de la casilla 505 no es cero, solicitará la importación de la casilla 505. Introduzca el precio utilizando el número entero sin divisores decimales en milímetros, y los dos decimales separados por una coma. Pulse el botón «Obtener referencia».
La referencia se mostrará en la pantalla una vez que se haya verificado toda la información de identificación personal. Toque «Cerrar» después de ingresar su información para usar los servicios de Renta.
Tras cerrar la ventana de adquisición, indique la referencia obtenida (recordando que también puede obtenerla a través de la aplicación móvil Agencia Tributaria). Si aún no tiene una referencia válida, haga clic en «No tengo referencia» para obtener una.
Tendrá acceso a los servicios que su expediente tiene para ofrecer. Seleccione «Borrador/Declaración (Renta WEB)» para consultar el borrador, modificarlo o presentar la declaración.
Si ya has iniciado sesión en Renta WEB, se te informará en una ventana emergente de que hubo una sesión de trabajo anterior a la que puedes acceder seleccionando «Continuar sesión». Si ya existe una declaración enviada y desea cambiarla, haga clic en «Modificar declaración enviada». También puede comenzar una «Nueva declaración» agregando los datos financieros.
Puede elegir el idioma oficial en el que desea realizar la declaración.
AEAT modelo 111
El modelo en el que se declaran e ingresan las retenciones trimestrales es el Modelo 111.
Reacciones que son contrarias a las siguientes actividades económicas:
- Actividades profesionales
- Actividades agrícolas y ganaderas
- Actividades relacionadas con la silvicultura
Las actividades comerciales en estimación objetiva previstas en el artículo 95.6.2.o del Reglamento Tributario.
Los rendimientos derivados de la propiedad intelectual e industrial, la asistencia técnica prestada, el embargo de bienes inmuebles, negocios o minas, el subarrendamiento de los referidos inmuebles, y la extinción del derecho de explotación de la imagen cuando resulten de una actividad económica desarrollada por el perceptor son todo ello amparado por el artículo 75.2.b) del Reglamento Tributario.
Premios por la participación en juegos, concursos, sorteos o conjuntos de eventos a los que se refiere el artículo 75.2.c) del Reglamento de Imposición.
Las ganancias en propiedad se basan en las percepciones que tienen los vecinos como resultado de la explotación forestal en los montes públicos.
Cómo llenar el Modelo 111
A continuación se enumeran los aspectos más importantes a tener en cuenta para cumplimentarlo correctamente:
Apartado «Identificación». Introduciremos el NIF del declarante, nombre y apellidos, o mejor aún, el objeto social de la persona o entidad.
La opción «Devengo».
- a) Si se trata de autoliquidación trimestral, debemos consignar:
El primer trimestre, el segundo trimestre, el tercer trimestre y el cuarto trimestre
- b) Si se trata de autoliquidaciones periódicas (grandes corporaciones públicas y organismos administrativos con presupuestos anuales superiores a 6 millones de euros), consignaremos:
Enero, febrero, marzo, abril, abril y mayo 6 de junio, 7 de julio, 8 de agosto, 9 de septiembre y 10 de octubre Once de octubre: 12 de noviembre Diciembre
Cómo presentar el Modelo 111 y dónde descargarlo
Como novedad, a partir del ejercicio 2014 y como consecuencia de la aprobación de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas tributarias, la opción de presentar el Modelo 111 en papel preimpreso ya no está disponible. El Modelo 111 deberá presentarse, en su caso, en las siguientes circunstancias:
Electrónicamente a través de Internet, según el tipo de obligación tributaria.
En papel impreso únicamente mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efectos por la Agencia Tributaria en su sede electrónica.
Utilice un software de contabilidad Despachos o una aplicación de contabilidad Pymes para proporcionar los modelos de manera clara y confiable. Más información está disponible en el sitio web de la AEAT.
Consultar deudas AEAT
Para determinar si debemos dinero a la AEAT, hay dos formas de hacerlo:
Accediendo a la página web de la AEAT y seleccionando «Consultar deudas» en el apartado «Rutas de viaje destacadas» de la Sede Electrónica.
O desde la Sede Electrónica, seleccionando «Recaudación» en la sección «Todos los Tributos», luego «Procedimiento de Apremio» y finalmente «Consuta de Deudas». Para realizar esta consulta es necesario disponer de un certificado electrónico (una «firma digital») válidamente emitido por una de las autoridades de certificación, un DNI electrónico, o estar registrado en el sistema Cl@ve PIN.
La presentación a través de Internet requiere identificación con certificado electrónico, PIN válido del DNI del titular, o ambos. Si desea utilizar un certificado o DNI electrónico, haga clic en el enlace «Acceder con un certificado o DNI electrónico». Si desea utilizar el sistema Cl@ve PIN, introduzca el DNI o NIE en el caso.
Se le mostrará el NIF del titular de la identidad. Aceptar para seguir adelante.
La información relativa a la clave de liquidación de la deuda, partida tributaria, montos totales y pendientes de pago, plazos de pago y situación actual, estará disponible en la consulta de deuda.
Para acceder al detalle de una deuda, haga clic en la clave de liquidación de esa deuda. Al hacer clic en el enlace «Obtener carta de pago», puede generar el comprobante de pago de la tabla que contiene la información de la deuda pendiente.
Se le mostrará la información utilizada para crear la tarjeta de pago. Le recomendamos que lea la información que acompaña a esa página. Continúe presionando «Aceptar» a continuación.
Puede elegir el método de pago que desee en la siguiente página con el resumen de la tarjeta de pago:
Puede obtener el PDF que contiene el documento de entrada para realizar el pago en la entidad bancaria.
O bien, ampliando con la rampa de pago para realizar el pago al instante. El pago con tarjeta de débito se puede realizar tanto con certificado/DNI electrónico como con Cl@ve PIN, no obstante el pago con tarjeta de crédito/débito sólo se puede realizar con certificado/DNI electrónico.
También puede ser posible en algunas circunstancias crear un recibo de pago único para muchas deudas. Deberá hacer clic en el enlace «Obtener tarjetas de pago» en la página principal con la relación de deuda.